martes, 23 de septiembre de 2008

Anexo IV Respecto al Promedio mínimo de 8 o equivalente

Anexo IV Respecto al Promedio mínimo de 8 o equivalente

El Reglamento de Becas en su artículo 12, fracción IV, establece como requisito para el otorgamiento la presentación de una carta que avale el promedio obtenido en el grado inmediato anterior, en la que conste un mínimo de 8 o su equivalente.
Considerando:
Que entre las instituciones de Educación Superior existe una amplia dispersión de criterios en la forma de registro de las calificaciones que asignan a cada una de las asignaturas que integran los planes de estudio para el otorgamiento de grados académicos, entre las que se identifican tanto la forma numérica que puede ser con valores absolutos o hasta con dos decimales, y también por medio de letras, lo que genera variación en los promedios generales de estudio de los egresados de las diversas instituciones en programas equivalentes; Que, el diverso número de asignaturas que integran los programas de estudio equivalentes entre las diversas instituciones, es otro factor que genera variación en el promedio general de calificaciones obtenido por los egresados de los diversos programas de estudio; Que tal dispersión de criterios, origina para los concursantes en el Programa de Becas CONACYT una inequidad, porque en el proceso para obtener su grado de estudios fueron ajenos a los criterios establecidos por su institución en el número de asignaturas y la modalidad de reporte de calificaciones por asignatura, cuyo resultado incide en su promedio general de los estudios realizados; y Que como resultado de la consulta formulada al Centro de Investigación en Matemáticas, A.C. (CIMAT), esa institución ha señalado que el promedio general de un programa de estudios en comparación con su equivalente en otra institución puede presentar variaciones, siendo posible que un alumno con promedio ligeramente inferior a 8.0, bajo la metodología de otro programa de estudios equivalente de otra institución, puede corresponder a un alumno con potencial ligeramente arriba de 8.0. Y tomando en cuenta los valores esperados en la práctica de factores posibles, la variación de un promedio correspondiente a un alumno de calidad 8.0, puede variar entre 7.8 y 8.2. CONACYT considerará las postulaciones de Beca presentadas por alumnos de posgrado, que en el requisito de acreditación de promedio de calificaciones obtenido en el grado inmediato anterior al de los estudios solicitados acredite un mínimo de 8 o superior, se considerará como equivalente aquel promedio general que presente calificación de 7.80 (siete punto ochenta) o superior.

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